Las PYMEs, además de crear empleo son determinantes para el crecimiento económico y la innovación, son los canales principales para la transmisión del conocimiento y la innovación que es utilizado en actividades productivas generadoras de mayor valor añadido y, por consiguiente, de rendimiento económico. Al mismo tiempo que son determinantes para la fijación de población en los entornos rurales, donde las oportunidades se vinculan a los recursos locales y persiguen el bienestar de los territorios, garantizando aspectos tan importantes como la biodiversidad o la riqueza natural.
Apoyar la creación de empleo es una de las bases sobre las que se asienta la competitividad y prosperidad de cualquier economía. Por ello, la Diputación de Salamanca entiende que el estímulo a la actividad económica y a la creación de empleo en la provincia requiere el apoyo directo al tejido empresarial, con la finalidad de incentivar el incremento de las plantillas y fomentar el empleo estable de las pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en el ámbito rural, debiendo facilitar la generación sostenible del mayor número de puestos de trabajo posibles. Por lo que dentro de sus objetivos generales se encuentran potenciar el empleo estable y de calidad; reducir la temporalidad y contribuir al mantenimiento del empleo; e impulsar el emprendimiento y el apoyo a las empresas. Para el cumplimiento de estos objetivos, el eje estratégico de actuación lo constituye el fomento del empleo y apoyo al emprendimiento, una de cuyas medidas se dirige a fomentar el empleo por cuenta ajena, y en especial la contratación indefinida.
- Objeto de estas subvenciones: incentivar el incremento de las plantillas y fomentar el empleo estable en pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en municipios de la provincia de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes.
- La finalidad de estas ayudas es financiar parcialmente los costes salariales a cargo de la empresa del número de trabajadores que se establezca con una jornada igual o superior al 50%, del contrato indefinido.
- Instructor del Procedimiento: El órgano competente para la instrucción y gestión de estas subvenciones es la Unidad de Empleo y Desarrollo Rural de la Diputación de Salamanca cuyo procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva desarrollándose de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. El procedimiento se inicia, previa aprobación de convocatoria pública, se inicia a instancia de la persona interesada mediante la presentación de la solicitud de subvención.
El texto íntegro tanto de las bases como de la convocatoria de estas subvenciones se publica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, publicándose un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia. En dicha publicación se establecerá tanto el plazo para presentar solicitudes por persona/s interesadas, así como el plazo para presentar justificaciones de gastos por aquellas personas que sean beneficiarios de la subvención.
- Solicitantes: Pueden solicitar la subvención Pequeñas y medianas empresas con domicilio de actividad y fiscal en un municipio de la provincia de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes. Se incluyen los trabajadores autónomos y sociedades laborales o cooperativas a las que se incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo -siempre que estas últimas hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena-, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezca de personalidad jurídica.
- Requisitos:
Las empresas solicitantes deben cumplir los requisitos que establezcan en la correspondiente convocatoria, tales como:
– Empresas constituidas con anterioridad a la publicación de las Bases Reguladoras
– Presentar un plan de Incremento de Plantilla a través de contrato/s indefinido/s, con una duración mínima establecida en la convocatoria y celebrados tras la publicación de las Bases Reguladoras.
– Incrementar la plantilla de la empresa respecto a la plantilla media de los doce meses anteriores a la contratación objeto de la subvención.
Los requisitos de las contrataciones objeto de la subvención se establecerán en las bases de la convocatoria y serán los siguientes:
- La persona contratada deberá ser demandante/s de empleo inscrito/s en alguna oficina de empleo de la provincia de Salamanca y empadronado/s en alguno de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Salamanca en el momento de la contratación. A estos efectos, será imprescindible que el/a/os trabajador/a/s contratado/a/s por los que se reciba la subvención esté en situación administrativa de alta como demandante de empleo en la fecha de la contratación.
- Los contratos de trabajo que se celebren tendrán carácter indefinido y con una jornada mínima del 50% y la contratación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación del/los nuevo/s trabajador/es por los que perciba la ayuda.
El periodo de presentación de solicitudes será el que se disponga en la correspondiente convocatoria, de acuerdo con los plazos que en ella se establezcan.
Las solicitudes se evalúan conforme a criterios objetivos establecidos en las bases, para ello, en la/s Convocatoria/as, se designa una Comisión de Valoración que actúa con carácter colegiado y emite informe vinculante en el que se expresa la relación de solicitantes y la distribución de la subvención ordenados en función de la valoración que se haya otorgado. Conforme a lo reflejado en dicho informe, se procede a determinar las cuantías individualizadas de las subvenciones para los gastos de funcionamiento.
- Abono de la Subvención: Las subvenciones serán abonadas a los beneficiario/a/s previa justificación obligatoria única de los gastos Subvencionables que se realiza a través de la cuenta justificativa simplificada por el total del importe subvencionable y en plazo establecido para su presentación en la correspondiente convocatoria. Los referidos gastos subvencionables serán hasta el 75% de los costes salariales a cargo de la empresa. La regulación de los mismos, así como el periodo y la cantidad máxima subvencionable mensualmente estará fijada en las bases de la convocatoria.


